AFO en Marchena (Sevilla) · Actualizado el 25 de octubre de 2026
AFO en Marchena: la ordenanza municipal y el saneamiento de tu casa
Marchena regula el AFO y las normas mínimas de las casas en una sola ordenanza. Para el saneamiento pide lo mismo que la ley: un sistema homologado y nada de pozos ciegos.
La situación en Marchena
Marchena lleva regulando el AFO desde 2010: aprobó una primera ordenanza ese año, otra en 2014 y la actual en 2016. El ayuntamiento explica que la puso al día porque, al regularizar innumerables edificaciones en suelo no urbanizable, encontró dificultades para fijar los requisitos.
Qué pide el Ayuntamiento de Marchena
La Ordenanza reguladora del procedimiento de declaración de la situación legal de fuera de ordenación, de asimilado a fuera de ordenación y de las normas mínimas de habitabilidad, seguridad, salubridad y calidad se publicó en el BOP de Sevilla n.º 282, de 5 de diciembre de 2016.
- La solicitud se presenta con un expediente firmado por un técnico (artículo 12), el justificante de la tasa, la nota simple o el título de propiedad y la ficha catastral.
- La resolución del AFO puede autorizar las acometidas de agua, saneamiento y luz si las redes están accesibles (artículo 17).
- La vivienda tiene que tener al menos 24 m² útiles, con estar, cocina y aseo independiente (artículo 26).
Lo que dice del saneamiento (artículo 25.3)
«La edificación deberá contar con una red de evacuación de aguas residuales que se encuentre en buen estado de funcionamiento y conecte todos los aparatos que lo requieran, así como con un sistema de depuración que cuente con las garantías técnicas necesarias para evitar el peligro de contaminación del terreno y de las aguas subterráneas o superficiales. No podrá realizarse mediante pozos ciegos, debiendo los sistemas empleados estar debidamente homologados.»Ordenanza del AFO de Marchena, BOP de Sevilla n.º 282, 5 de diciembre de 2016
La ordenanza es anterior a la LISTA (2021) y a su reglamento (2022). En lo que no encaje con ellos, mandan la ley y el reglamento: confirma en el ayuntamiento qué partes aplica hoy.
Los requisitos generales son los de toda Andalucía: seis años desde que se terminó la casa, condiciones mínimas de seguridad y salubridad y que no esté en suelo con riesgos. Los explicamos en la guía del AFO.
El saneamiento en Marchena
Marchena está en la cuenca del Guadalquivir. Aquí el vertido al terreno lo autoriza la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, que por regla general pide autorización, con un procedimiento simplificado para viviendas. Tu arquitecto te dirá qué toca en tu caso.
- Casa aislada: depuradora con marcado CE según la norma UNE-EN 12566-3, arqueta de muestras y la autorización de vertido que corresponda.
- Si no se puede verter (por ejemplo, en una parcelación con muchas casas cerca): depósito estanco con certificado de estanqueidad y contrato con un gestor autorizado que lo vacíe.
- Para el AFO, el saneamiento propio tiene que estar homologado y con contrato de mantenimiento (artículo 407 del Decreto 550/2022).
Si tu casa tiene un pozo ciego o una fosa antigua, conviene resolverlo antes de pedir el AFO: el ayuntamiento puede ordenarte las obras durante el trámite y dejar el expediente parado hasta que las termines (artículo 408.5 del reglamento).
Preguntas sobre el AFO en Marchena
¿Vale un pozo ciego para el AFO en Marchena?
No. La ordenanza de Marchena dice que la depuración no puede hacerse con pozos ciegos y que el sistema tiene que estar homologado.
¿Qué documentos pide Marchena?
Un expediente firmado por un técnico, el justificante de la tasa, la nota simple o el título de propiedad y la ficha catastral, entre otros. Tu arquitecto prepara el expediente.
¿Y si no puedo verter al terreno?
Entonces la solución es un depósito estanco con certificado de estanqueidad y contrato con un gestor autorizado que lo vacíe.
¿Quién firma el certificado del AFO en Marchena?
Un arquitecto. El Tribunal Supremo fijó en 2026 que el certificado de seguridad y salubridad de una vivienda solo puede emitirlo un arquitecto.
Fuentes
- Ayuntamiento de Marchena: Ordenanza del AFO y de normas mínimas de habitabilidad (BOP de Sevilla n.º 282, 5 de diciembre de 2016)
- Ley 7/2021 (LISTA), artículos 153, 173 y 174
- Decreto 550/2022, Reglamento General de la LISTA (artículos 404 a 408)
Información general recopilada de fuentes públicas, no asesoramiento jurídico. Las ordenanzas cambian: confirma siempre el texto vigente en el ayuntamiento. Cada caso lo estudia y lo firma un arquitecto. DepuraRural instala el saneamiento y te pone en contacto con arquitectos colaboradores; no tramita el AFO.