AFO en Málaga (Málaga) · Actualizado el 29 de octubre de 2026
AFO en Málaga capital: qué pide la ordenanza y el saneamiento de tu casa
En Málaga capital también hay casas en el campo, como las de los Montes de Málaga. La ordenanza municipal de licencias define el AFO y lo que tiene que tener una casa terminada, saneamiento incluido.
La situación en Málaga
Según el INE, a 1 de enero de 2025 vivían en el diseminado de Málaga, fuera de los núcleos de población, 5.853 personas: el 1,0 % de sus vecinos. Son casas en el campo que, en muchos casos, no tienen alcantarillado y resuelven el saneamiento por su cuenta.
En proporción es poco, pero en número son más personas que en todo el diseminado de Coín o de Cártama.
Qué pide el Ayuntamiento de Málaga
La Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, Declaraciones Responsables y demás Medios de Intervención (OMLU) tiene un texto nuevo aprobado definitivamente el 25 de septiembre de 2025, según la Gerencia Municipal de Urbanismo. En su artículo 3 define:
- Asimilado a fuera de ordenación (SAFO): la situación de las casas hechas con infracción urbanística, terminadas, contra las que ya no se puede actuar porque pasó el plazo. Lo reconoce el ayuntamiento, y la casa sigue siendo irregular.
- Edificación terminada: sin licencia, se considera terminada cuando tiene, o puede tener con obras pequeñas, seguridad estructural, estanqueidad, agua y luz, y un saneamiento que funcione.
Lo que dice del saneamiento
«Un sistema de evacuación de aguas residuales que se encuentre en buen estado de funcionamiento, así como un sistema de depuración que cuente con las garantías técnicas necesarias para evitar la contaminación del terreno y de las aguas subterráneas o superficiales. Cuando el sistema de saneamiento sea autosuficiente, deberá estar homologado y contar con los correspondientes contratos de mantenimiento.»OMLU de Málaga, artículo 3, definición 21
Los requisitos generales son los de toda Andalucía: seis años desde que se terminó la casa, condiciones mínimas de seguridad y salubridad y que no esté en suelo con riesgos. Los explicamos en la guía del AFO.
El saneamiento en Málaga
Málaga está en una cuenca que gestiona la Junta de Andalucía, así que se aplica el Reglamento de Vertidos de Andalucía (Decreto 109/2015, artículo 9.2):
- Casa aislada, a más de 100 metros de otras edificaciones: depuradora con marcado CE según la norma UNE-EN 12566-3 y arqueta de muestras. Puede verter al terreno sin autorización de vertido.
- Con casas a menos de 100 metros (lo normal en el diseminado): hace falta autorización de vertido o un depósito estanco con certificado de estanqueidad y contrato con un gestor autorizado que lo vacíe.
- En los dos casos, para el AFO, el saneamiento propio tiene que estar homologado y con contrato de mantenimiento (artículo 407 del Decreto 550/2022).
Si tu casa tiene un pozo ciego o una fosa antigua, conviene resolverlo antes de pedir el AFO: el ayuntamiento puede ordenarte las obras durante el trámite y dejar el expediente parado hasta que las termines (artículo 408.5 del reglamento).
Preguntas sobre el AFO en Málaga
¿El AFO legaliza mi casa en Málaga?
No. La propia ordenanza de Málaga dice que la casa sigue siendo irregular aunque se reconozca el AFO. Lo que permite es usarla, conservarla y, en su caso, acceder a los servicios básicos.
¿Qué saneamiento necesito si no hay alcantarillado?
Un sistema de depuración que no contamine el terreno ni el agua y, si es propio, homologado y con contrato de mantenimiento. Según la situación, fosa séptica biológica seguida de otro sistema de depuración, depuradora o depósito estanco.
¿Qué saneamiento pongo si mi casa no tiene alcantarillado?
Hay tres soluciones: fosa séptica biológica seguida de otro sistema de depuración, depuradora con marcado CE o depósito estanco. Cuál vale depende de si hay casas a menos de 100 metros, de si se puede verter y de lo que pida el ayuntamiento. Tu arquitecto lo confirma en tu caso.
¿Quién firma el certificado del AFO en Málaga?
Un arquitecto. El Tribunal Supremo fijó en 2026 que el certificado de seguridad y salubridad de una vivienda solo puede emitirlo un arquitecto.
Fuentes
- Gerencia Municipal de Urbanismo de Málaga: OMLU, texto aprobado definitivamente (artículo 3)
- INE, Nomenclátor: población por unidad poblacional a 1 de enero de 2025 (diseminado)
- Ley 7/2021 (LISTA), artículos 153, 173 y 174
- Decreto 550/2022, Reglamento General de la LISTA (artículos 404 a 408)
- Decreto 109/2015, Reglamento de Vertidos de Andalucía (artículo 9.2)
Información general recopilada de fuentes públicas, no asesoramiento jurídico. Las ordenanzas cambian: confirma siempre el texto vigente en el ayuntamiento. Cada caso lo estudia y lo firma un arquitecto. DepuraRural instala el saneamiento y te pone en contacto con arquitectos colaboradores; no tramita el AFO.